viernes, 7 de septiembre de 2012

Sobre la acción de amparo contra Acroarte (primera parte)

POR PRAEDE OLIVERO FELIZ, para Ecos del Sur. 
Introducción

Estoy convencido de cuanto quiere Barahona a Casandra Damirón, La Soberana, pero también estoy convencido de que quienes más  la quieren son sus hijos: Andrés, Checheo y Luisa.

Conocí el deseo inmenso de los tres hijos de Casandra y otros familiares para que Acroarte y la Cervecería continuaran con los premios, corrigiendo desaciertos, como lo consignan las actas de las reuniones de Acroarte y los hijos de Casandra celebradas los días 26 y 28 de junio, 2012.

Se ha pretendido atacar su posición diciendo que exigían el 25% de los beneficios de la publicidad, sin embargo, las actas demuestran que pedían volver al viejo esquema de patrocinio único de la Cervecería, sin más anunciantes, por lo que no pedían dinero, sino cumplimiento de los estatutos de Acroarte y los reglamentos de la premiación que se venían violando.

Es la negativa a continuar con esa tradición financiera, lo que motiva el pedido, en el sentido de que si se sigue vendiendo publicidad, sus valores se debían distribuir entre las tres partes: 50% Acroarte, 25% la Cervecería y 25% a la Fundación Casandra Damirón para fomentar y promover escuelas y grupos de canto y baile folclórico, lo que no se ha hecho en la historia de la premiación.

Barahona, el país y el mundo deben saber que esos dos hombres y esa mujer, hijos de Casandra, tienen dignidad y la defienden, pero que lo que más defienden es la dignidad de La Soberana.
Es en este marco que se debe entender la decisión de pedir el retiro del nombre de Casandra de la premiación de Acroarte y la Cervecería y que por más deseos que tengamos de que así no sea, todo indica que es definitivo.

                                                                      LA ACCION DE AMPARO

Esta figura jurídica tiene un marco constitucional y está en el artículo 72 de la Constitución de la República, vigente desde el 26 de enero del año 2010, y una ley adjetiva, la 137-2011, que es la ley orgánica del Tribunal Constitucional, la cual consigna los aspectos de forma y fondo de la misma.

Cuando los abogados de Barahona,  se atribuyen el derecho de incoar esta acción y demandan a Acroarte, lo hacen en el fondo con el propósito de atacar a los hijos de Casandra Damirón, o al menos así se interpreta, por eso, ellos intervienen voluntariamente en el proceso y publican un comunicado que deja clara su posición.

Yo no culpo al SNTP y al CDP, ni a otras instituciones a nombre de las cuales se lanza una acción de amparo contraria a la Constitución y las leyes, sin una sola doctrina, ni jurisprudencia, yo culpo a parte de los abogados, que en su afán de sonar, han hecho el ridículo jurídico, cosa que estoy en condición de probar, después de hablar con varios de los abogados que figuran en la instancia y con directivos de tres de los gremios mal involucrados en la acción.